¿Cuándo entrará en vigor esto?
El Capítulo Público 787 (2020), vigente a partir del 1 de enero de 2021, exige que los mercados de unidades de alquiler a corto plazo recauden y remitan los impuestos de ocupación locales para las unidades de alquiler a corto plazo alquiladas a través de un mercado.